Derecho de Uso Urbano

Derecho de Uso Urbano

El «Derecho de Uso Urbano», en adelante “DUU“, entró en vigencia a partir del 1° de marzo de 2020 a través de la Ley 6278 y es aplicable a los turistas no residentes en la República Argentina, a partir de los doce (12) años de edad como aporte especial por el derecho al uso y goce del espacio público de la Ciudad de Buenos Aires.

DUU

 

¿Quiénes deber pagar el Derecho de Uso Urbano?

El DUU se aplica al turista no residente en la República Argentina, a partir de los doce (12) años de edad y se cobrará por noche y por persona, dependiendo de la característica del servicio turístico:

  • Hoteles 3 estrellas: media unidad
  • Hoteles 4 estrellas: una unidad
  • Hoteles 5 estrellas: una unidad y media
  • Hoteles Boutique: una unidad
  • Apart-hoteles: media unidad
  • Alquileres temporarios: tres cuartas partes de una unidad
  • Cruceros: una unidad

La Unidad de Derecho de Uso Urbano equivale a un (1) dólar estadounidense, al valor del tipo de cambio oficial vendedor del Banco Nación al cierre del día hábil anterior a la fecha de finalización de la estadía.

VISIT BUENOS AIRES

Visit Buenos Aires (VBA) es un Ente Público No Estatal, sin fines de lucro, que tiene a su cargo la definición, promoción y comunicación de la estrategia turística internacional de la Ciudad de Buenos Aires en el mundo.

Que función cumple VBA?

Tiene por objeto la promoción turística internacional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de la administración de sus recursos y, con el objetivo de maximizar las oportunidades del turismo internacional, potenciando el desarrollo económico y social en todo el territorio de la Ciudad.

Conoce más sobre la ley:

Ley 6278 Creación de Visit Buenos Aires

AGENTES DE PERCEPCIÓN

Se encuentran obligados a actuar como Agentes de Percepción las personas humanas o jurídicas titulares de los establecimientos hoteleros (3, 4 y 5 estrellas, boutique y apart  hotel), titulares de dominio de los inmuebles destinados a alquiler temporario indicados en el artículo 131 bis de la Ley Tarifaria y Cruceros.

Periodos y vencimientos de la presentación de Percepciones

Los Hoteles 3 estrellas, Apart-hoteles y alquileres temporarios deberán practicar la correspondiente liquidación del Derecho de Uso Urbano (DUU) de forma bimestral, debiendo presentar la declaración jurada en los meses impares de cada año.Los Hoteles 4 estrellas, Hoteles 5 estrellas, Hoteles Boutique y Cruceros deberán efectuar dicha liquidación de forma mensual.

El vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada y depósito de los montos percibidos será los días 20 del mes siguiente en el que se practicaron las percepciones, según el período de liquidación establecido.

Instructivo para «Generación de la
Declaracion Jurada»
Derecho de Uso Urbano

Resolución de Régimen de Perepción «Derecho
de Uso Urbano»
Resolución N° 88 / AGIP / 2020

APLICACIÓN VISIT BUENOS AIRES

Desde Visit Buenos Aires hemos creado una aplicación que permitirá poder calcular de manera rápida y simple el derecho de uso urbano que deben pagar los turistas, como así también poder contar con la información de todos los cobros acumulados, simplificando la rendición del Derecho de Uso Urbano en AGIP.

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Punto de cobro SUGERIDO USO EN FRONT

  • Calcula automáticamente el tipo de cambio y el monto de DUU a cobrar
  • Registro de cada operación (aprobadas y canceladas)
  • Permite tener tantos puntos de cobros como se necesiten
  • Se puede “descargar” en celulares, tablets, y desktop

 

Panel de Control

  • Acceso Web
  • Permite control, seguimiento y reporte de todo lo recaudado
  • Autogestión de usuarios
  • Provee información para la DJ en AGIP
  • Información por cada establecimiento y punto de cobro
  • Históricos de presentaciones

Preguntas Frecuentes

Como se financia visit?

Visit se financia 100% con el cobro de un derecho de uso urbano a los turistas internacionales

Como rinden los agentes de percecpion lo recaudado el DUU recaudado?

Los Hoteles 3 estrellas, Apart-hoteles y alquileres temporarios deberán rendir a la AGIP la correspondiente liquidación del Derecho de Uso Urbano (DUU) de forma bimestral, debiendo presentar la declaración jurada en los meses impares de cada año. Los Hoteles 4 estrellas, Hoteles 5 estrellas, Hoteles Boutique y Cruceros deberán efectuar dicha liquidación a AGIP de forma mensual.

Cuál es la fecha de vencimiento para rendir estos tributos?

El vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada y depósito de los montos percibidos será los días 20 del mes siguiente en el que se practicaron las percepciones.

La Aplicación Visit Buenos Aires permite cobrar el derecho de uso urbano?

No, por lo menos en esta instancia. En esta instancia permitirá realizar el cálculo del derecho de uso urbano para su cobro. Como así también, acumulara la información de los cobros para facilitar la presentación en Agip de las DDJJ.
Ya se está trabajando en la integración de la Aplicación con AGIP, lo que permitirá a todos los establecimientos que lo deseen, enviar toda la información de lo recaudado de manera automática mensualmente, evitando así la carga de todos los datos en la DDJJ.

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